se hace camino al andar

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08 diciembre, 2014

Imputar a María Corina Machado es un error de fiscalía


Jesús Silva R. 

Soy chavista pero también soy jurista con postgrado en materia constitucional y penal, por ello la ética profesional y ciudadana me obliga a preguntar: ¿Hay fotos, videos, grabaciones, cartas, armas, municiones, explosivos, contacto o transacciones con sicarios o cosa semejante donde María Corina Machado proponga o prepare un acto como el que aparentemente se le imputa? Si los hay, Venezuela merece conocerlos.

Nuestro país tiene memoria corta y olvida fácilmente los desmanes causados por oportunistas, mediocres y charlatanes. Sin embargo no debería olvidar el caso de los imputados por el asesinato de Danilo Anderson, donde luego de un largo show mediático donde se imputaba a altos oficiales militares, periodistas, dueños de canales de tv, empresarios y figuras políticas, el Ministerio Público terminó archivando el caso por no tener suficientes pruebas para llevar a juicio a esos supuestos autores intelectuales del crimen. Casi diez años han pasado de aquel evento que socavó severamente la credibilidad de la justicia penal en Venezuela y ojalá que quienes hoy conducen esta vital institución rememoren aquel caso y no incurran en un exabrupto semejante.

Así como antes he criticado públicamente ciertas acciones, hoy digo abiertamente que no estoy convencido de que imputarla penalmente por magnicidio en las circunstancias actuales haya sido suficientemente sustentado por el Ministerio Público ante la opinión pública. Menos mal que a nadie se le ha ocurrido, por ahora, meterla presa a por ese supuesto delito. Necesario es llamar a la prudencia y a una actuación procesal convincente que evidencie mayor pericia.

Cabe formular una valoración política de la imputación contra Machado, dos dedos de frente bastarían para comprender que este episodio la catapulta una vez más a las primeras planas de los medios de comunicación nacionales y extranjeros, la revitaliza políticamente como candidata presidencial y la victimiza ante instancias del Derecho Internacional así como organizaciones que velan por los derechos humanos, especialmente en el ámbito de las mujeres.

Resulta descabellado imaginar que altos sectores del chavismo puedan estar interesados en promover la figura de Machado como cabeza de la oposición criolla bajo la tentación del efectismo o el tremendismo mediático pero en la política todo es posible, inclusive estrategias extravagantes que luego podrían revertirse en contra de sus propios inventores.

El acto de imputación penal ejercido por la fiscalía debe ser el penúltimo paso (el último es la acusación) en contra de quien es procesado por preparar un grave delito como lo es el asesinato del Presidente. De tal manera que si con cordura se pretende demostrar científicamente la culpabilidad de un individuo, es obligatorio haber desarrollado previamente una investigación penal exhaustiva y obtenido importantes elementos de convicción que fundamenten que ese alguien elabora actos preparatorios para tan abominable crimen. Entiéndase por elementos: especies probatorias que indiquen que el imputado despliega una actividad proyectada a cometer el referido delito.

Si existen elementos de culpabilidad fueron recabados, entonces el país debería conocerlos en virtud de su trascendencia para el interés nacional, ello supera la noción ordinaria de reserva legal que impide revelar detalles de la investigación.

Ocurre que en un hipotético juicio medianamente justo y apegado a la técnica penal, una acusación tan débil de parte de la fiscalía sería procesalmente aplastada por la defensa de Machado. Ciertamente, lo que hoy aparece como imputación penal parece en el fondo un favor político hacia Machado.

¿Quién rayo está hoy a cargo de la Dirección de Revisión y Doctrina del Ministerio Público? Vale decir, instancia donde se imparten recomendaciones estratégicas para la actuación del Fiscal General de la República y la institución que encabeza. ¿Será la misma gente infiltrada atornillada allí en la época nefasta del caso Anderson?

Hoy el Ministerio Público se anota un autogol que daña al Estado venezolano al formular una imputación que difícilmente podría ser sostenida como acusación penal de acuerdo a las normas y principios de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Código Orgánico Procesal Penal, por aquello del Debido Proceso (Art.49 CRBV), la presunción de inocencia y el deber de demostrar lo alegado.