Jesús Silva R.
La Asamblea Constituyente ha convocado
elecciones presidenciales para antes de que termine abril de 2018 con total
apego a la Constitución, esto es así porque entre sus amplios poderes está
transformar el Estado como lo señala el artículo 347 constitucional y ello
implica decidir asuntos de interés nacional.
En este mismo orden de ideas,
estando la Constituyente por encima de los cinco poderes públicos constituidos,
tal como lo establece el artículo 349 constitucional, ésta puede dictar la
fecha de elección presidencial, siempre y cuando no viole la Constitución.
Entonces, constitucionalmente
hablando, la elección para presidente dentro del plazo anunciado, es
perfectamente constitucional porque ocurrirá precisamente durante el sexto año
de ejercicio presidencial lo cual cumple con el artículo 230 constitucional
referido a que este mandato dura seis años.
En ningún caso podría plantearse
que la Constituyente está recortando el período presidencial, pues la
Constitución no dicta ningún mes específico para la celebración del respectivo
evento electoral. En cualquier caso, la elección presidencial permite al
pueblo, como dueño de la soberanía, escoger con su voto al Jefe del Estado como
lo dicta el artículo 5 del Texto Fundamental.
En lo que respecta al artículo
231 constitucional, que reza "el candidato elegido tomará posesión del
cargo del Presidente el diez de enero del primer año de su período
constitucional", tal norma no será obstáculo pues si Maduro es reelegido
funciona el principio de continuidad administrativa en su favor, es decir,
sigue el mismo presidente en posesión.
Y en el supuesto de que resulte
elegido otro venezolano como presidente, se aplicará el precitado principio de
soberanía popular, es decir, prevalece la voluntad popular por encima de formas
no esenciales, por lo cual ese nuevo presidente electo tomará posesión del
cargo inmediatamente ante la Asamblea Constituyente quien es la máxima
autoridad de la República.
Finalmente, y desde el punto de
vista político, esta decisión de la Constituyente satisface el viejo anhelo de
la oposición en cuanto a una "elección presidencial adelantada", un
escenario por el cual luchó, por diferentes vías tanto legales como violentas,
desde el mismo día en que Maduro asumió la primera magistratura.
De igual manera, este evento
comicial quedará ante el mundo entero como "un inmenso e indiscutible acto
de generosidad democrática de parte del chavismo" pues ha convocado a una
elección que podía celebrarse hasta ocho meses más tarde.