se hace camino al andar

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30 octubre, 2013

CESPPA y su base constitucional

Jesús Silva R.

Todos los ciudadanos tienen derecho a formar parte del sistema de justicia según formas previstas en la ley, así lo consagra el artículo 253 de la Constitución. Por tal razón el pueblo como autoridad soberana puede contribuir de muchas formas con la realización de la justicia, mediante la organización participativa, la vigilancia sobre la administración, la contraloría social, la denuncia y los aportes a la investigación contra el delito.

En este marco constitucional se encuentra el Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria, mejor conocido como Cesppa. Se trata de una oficina administrativa, sin atribuciones de Derecho Penal, destinada a la observación, asesoramiento y recomendación en materia de seguridad. En ningún caso existe mínima evidencia que permita vincular a esta instancia con actividades inconstitucionales que vulneren los derechos de ciudadanos inocentes como lo hace EEUU con la CIA y el FBI.

Sobre el espionaje imperialista contra el pueblo norteamericano y el resto del mundo, expertos como Assange y Snowden han mostrado abundantes testimonios y pruebas. Washington no protege la seguridad de una patria sino que más bien conspira contra la patria de otros pueblos, es por esto que Presidentes latinoamericanos y hasta europeos han protestado enérgicamente contra la perversa intromisión yanqui que viola la soberanía y el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Distinto es que un país democrático fortalezca su sistema de seguridad para evitar ser golpeado por las amenazas que lo rodean. En Venezuela, el acto terrorista en la refinería petrolera de Amuay, el sabotaje eléctrico, la provocada afectación de la seguridad alimentaria, entre otros sucesos, justifican la articulación de instancias para prevenir, detectar y neutralizar posibles fuentes de peligro y así garantizar la paz social.

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27 octubre, 2013

Venevisión Debate, Jesús Silva analiza Ley Habilitante

Venevisión Debate entre constitucionalistas
Ley Habilitante
Enrique Sánchez Falcón vs Jesús Silva 22/10/13
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19 octubre, 2013

Capriles engaña a maestros de Miranda (pruebas y testimonios)


Globovisión. Acompañado por dirigentes sindicales, constitucionalista Jesús Silva denuncia a gobernador Capriles Radonsky por mentir a los maestros. "No los incluyó en el presupuesto 2013".

Los maestros mirandinos protestan en calles y avenidas porque el gobernador viajero no les paga. El mandatario ausente alega por televisión que desde Caracas no le dan recursos pero no consigna ante el Consejo Legislativo Regional el presupuesto establecido en la Constitución para cumplir con los compromisos laborales. En conclusión todo es un montaje mediático para ocultar su propia negligencia y culpar al Gobierno Nacional. Ha pretendido impulsar un paro nacional de maestros pero la realidad se le ha devuelto en su contra. Así consta de las pruebas y testimonios de representantes de asociaciones, gremios y sindicatos docentes del estado Miranda (video)http://goo.gl/psVRNI

La infeliz maniobra caprilista ha fracasado y la verdad se filtró a la opinión pública. Ahora por no pagar los diferentes conceptos que había prometido, es Miranda la que está al borde de un paro general de maestros como protesta al desastre administrativo del gobernante embustero que ha dejado a los maestros sin aguinaldos, ni hallacas ni navidad (al estilo del Grinch Carlos Ortega de la CTV en 2002).

Por desprecio al pueblo, este demagogo viola el artículo 62 constitucional referido a la participación popular en el Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas (Ceplacopp). Allí, el burgués empleador no se reúne con los casi 150 miembros de esa instancia democrática para la administración de recursos. Sólo se junta a escondidas con 17 panas de su burguesía amarilla.

Sendos veredictos judiciales por irregular manejo de fondos y abandono del cargo deberán emanar de la Corte de lo Contencioso Administrativo y de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, respectivamente. Estos son algunos de los actos de fascismo administrativo del conspirador cuya incurable obsesión presidencial ya fue aplastada dos veces por el pueblo. Por fortuna, fuera de Venezuela, su credibilidad se ha ido por el inodoro pues hasta la OEA le ha cerrado las puertas.

Prohibido olvidar que el 15 y 16 de abril de 2013, este aprendiz de Golda Meir se valió de su alto cargo y del poder de los medios de comunicación para llamar a la confrontación entre venezolanos con el insano pretexto de un resultado electoral que no fue de su agrado.

No debería pasar mucho tiempo para que la justicia actúe por esa convocatoria a la descarga que costó la vida de once inocentes. Mientras, el sionista sigue recorriendo el mundo buscando aliados contra Venezuela.

18 octubre, 2013

Constitucionalmente, el pueblo es mucho más que el diputado 99

 Jesús Silva R.


De acuerdo al artículo 203 de la Constitución, en su último párrafo:

“Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República, con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar el plazo de su ejercicio”.

En dicho dispositivo, el término “integrantes” significa a la totalidad de diputados quienes conforman el Parlamento Nacional y como se sabe, son 165 miembros. De modo tal que inequívocamente son 99 diputados los que constituyen esas tres quintas partes, más allá del hecho del quorum reglamentario o los asistentes a una determinada sesión.

Otro sería el caso si el mencionado artículo dijera “tres quintas partes de los presentes”. En tal supuesto el cálculo de la mayoría de tres quintas partes sería realizado según los diputados físicamente incorporados a la sesión parlamentaria.

La idea del pueblo como diputado 99 es una valiosa apreciación de orden político que resalta el valor democrático de la soberanía popular, aunque en el sentido estricto constitucional no sea factible que dicho poder soberano pueda convertirse en un voto válido dentro de la Asamblea Nacional.

Ahora bien, los diputados, como representantes elegidos por el pueblo, si están políticamente obligados a ejercer su función en obediencia a los designios y exigencias del pueblo, en consecuencia, y siempre dentro de un escenario político, pueden ser exigidos por sus electores para que brinden efectivo respaldo a iniciativas legislativas que responden al interés nacional y no a las agendas partidistas.

En este último contexto, el debate público, la batalla ideológica, los valores ciudadanos contra la corrupción, son fundamentos válidos para ejercer presión política e institucional sobre esa minoría parlamentaria que se resiste a respaldar la Ley Habilitante para luchar contra la corrupción.

Siempre el pueblo soberano, como poder constituyente y originario, tendrá vías constitucionales para ejercer mecanismos que satisfagan los supremos fines del Estado a tenor del artículo 70 constitucional:

“Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante”

En ningún caso, la vigencia de tales mecanismos significa que el Poder Legislativo o el Presidente de la República deban renunciar a sus facultades constitucionales, entre ellas, la ley habilitante, porque la prioridad es atender rápidamente los problemas sociales e impedir que se profundicen. 

Urge denunciar a leguleyos (apostadores del caos) que de muy mala fe proponen someter la ley habilitante a referéndum popular con el maligno propósito de retardar o entorpecer la rápida acción del Estado.

13 octubre, 2013

Eliminar Cadivismo en importación de alimentos

Prueba del delito
Jesús Silva R.

Frente al fraude cometido por empresarios corruptos que obtienen dólares de Cadivi bajo la falsa promesa de importar alimentos y distribuirlos al pueblo; bien podría el Estado (con la fuerza de la proyectada Ley Habilitante) declarar de utilidad pública la industria importadora de alimentos conjuntamente con otras medidas estratégicas http://goo.gl/qncS9E 

De este modo el Gobierno negociaría en dólares con los países socios del extranjero y en bolívares con empresarios honestos en Venezuela. Des-dolarizar la importación de alimentos, hará desaparecer la mafia y la guerra económica.

Seguridad alimentaria es que al pueblo no le falten alimentos. Soberanía alimentaria es que la mayoría de los alimentos sean de producción nacional, para que el abastecimiento no dependa de importaciones ni moneda extranjera.
                               
Sólo el socialismo hace que el interés popular se imponga sobre la ganancia de sectas empresariales. Para avanzar a la soberanía alimentaria es vital concretar la industrialización del país instalando gran cantidad de empresas eficientes en diversas áreas y masificar el empleo de las fuerzas humanas productivas al máximo nivel como lo dicta el artículo 305 de la Constitución.

Accesibilidad, disponibilidad y calidad para satisfacer la creciente necesidad son algunos de los principios esenciales en materia alimentaria. Se trata de un derecho humano que puede decidir el destino de pueblos, gobiernos y la estabilidad democrática. Dicho de otro modo, la comida es un factor político estratégico que jamás puede estar subordinado a los intereses del mercado capitalista.

11 octubre, 2013

Última Reelección de Hugo Chávez - 1er aniversario

Desde TV internacional (en inglés) constitucionalista Jesús Silva analiza evento histórico en Venezuela


05 octubre, 2013

Presidente Nicolás Maduro no es colombiano


Jesús Silva R.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es muy clara en cuanto a las circunstancias de hecho y de derecho según las cuales una persona es venezolano o venezolana por nacimiento, tal como se desprende del artículo 32: 

“Son venezolanos y venezolanas por nacimiento: Toda persona nacida en el territorio de la República (…)”. 

De la mencionada norma se deriva el pleno reconocimiento de la nacionalidad venezolana a todo aquel que nace en nuestro territorio, aunque tenga madre o padre extranjero. No hay evidencia de que Nicolás Maduro haya nacido fuera de Venezuela así como tampoco la hay de Henrique Capriles Radonski, aunque ambos tengan progenitores nacidos fuera de nuestro país.

Examinando específicamente la situación del último candidato presidencial de la derecha antichavista, por su propia boca se sabe que tiene madre polaca y judía; sin embargo esto no ha sido obstáculo para que en dos oportunidades haya optado formalmente a la primera magistratura. 

Expresamente nuestra Constitución, en su artículo 41, determina que solo quienes sean venezolanos por nacimiento y no posean otra nacionalidad, pueden ejercer el cargo de presidente de la República. Esto significa que el excandidato opositor, al no haber hecho el procedimiento jurídico para intentar la nacionalidad polaca ni judía, es únicamente venezolano y solo así pudo inscribirse como candidato presidencial ante el CNE.

 Las normas que son válidas para opositores, también lo son para chavistas. Imaginar que solo por tener parientes extranjeros y sin hacer ningún trámite jurídico, un venezolano automáticamente adquiere otra nacionalidad paralela, demuestra total ignorancia sobre el derecho constitucional venezolano que regula esta materia. O tal vez se trate de una perversa maniobra con objetivos políticos.

 Los revolucionarios debemos siempre rechazar la propaganda de odio contra colombianos, israelíes, cubanos, estadounidenses, etcétera. Recordemos que más allá de gobiernos buenos y malos, son las relaciones de paz, respeto y tolerancia entre los pueblos las que deben preponderar por encima de todo.

03 octubre, 2013

Que no le hagan a Samán lo mismo que a Danilo Anderson


Jesús Silva R.

Para establecer la importancia, el poder o la jerarquía administrativa de un funcionario público, muchas personas toman como referencia si posee escoltas, anillo de seguridad y carro blindado.  Tal vez lo más adecuado sería clasificar al servidor público por la importancia de las labores que presta, su sacrificio, sus riesgos, su aporte y el impacto positivo que estos tienen en la sociedad.
Para finales del año 2004, un abogado llamado Danilo Anderson ocupaba un discreto cargo (Fiscal del Ministerio Público), pero su cara, después de la del Presidente Hugo Chávez, era la más conocida en toda Venezuela.  Fueron las inmensas responsabilidades que se le encomendaron (imputar penalmente a peligrosos banqueros y golpistas), las que junto con la fama, le dieron algo mucho más importante para un revolucionario: Respeto y reconocimiento del pueblo.
Lo absurdo del caso Danilo Anderson es que se acumularan en un mismo fiscal, la gran mayoría de los casos penales más importantes de la República. Tristemente para entonces la jefatura de turno no ordenó que se distribuyeran equitativamente los expedientes en diversidad de fiscales. Tal vez los adecos, copeyanos y sus derivados que reinaban en la alta jerarquía, deseaban la inminente tragedia de Anderson.
No es casualidad que yo tuviera que presenciar que cuando Danilo se montaba en el ascensor de la sede principal, muchos burócratas no lo saludaban y se bajaban del ascensor. Seguramente varios de esos fascistas contrarrevolucionarios permanecen al frente de esa nomenclatura burguesa, como ocurre hasta hoy con la estratégica Dirección de Revisión y Doctrina de la Fiscalía General de la República, vale decir, el cerebro de la dogmatica penal en manos de la derecha más rancia y atrasada por más de diez años. Es tiempo de romper con el preconstitucional Derecho Burgués y asumir el desafío de un nuevo Derecho Revolucionario: http://goo.gl/JQHBnz
En resumidas cuentas, rindo este testimonio por haber conocido al personaje de esta historia y ser ex funcionario de dicha institución. Felizmente renuncié bajo la convicción de que podía ser más útil a la patria desde cualquier otra trinchera y me harté de tantas guarimbas, acoso laboral y persecuciones políticas internas por el delito de ser chavista.
Pero retomando el caso de Danilo, es dramático que el haya sido solitariamente el fiscal que promovía la investigación por casos como los créditos indexados y sin embargo no gozara de la debida protección de sus superiores jerárquicos. Cualquiera de sus imputados de la banca o el golpismo, así como los socios de estos, pudieron estar detrás del poderoso artefacto explosivo (C4) colocado bajo la camioneta de Anderson, el cual cobardemente le arrancó la vida al joven abogado.
A Eduardo Samán le conozco personalmente también, siempre con pistola calzada en la cintura, hemos conversado en su oficina y hecho recorrido juntos por los pisos y ascensores de INDEPABIS. Aunque debido a mis otras tareas revolucionarias, decidí no aceptar la oferta de empleo que me hizo en su primera gestión, le respeto mucho y sé que tiene enemigos en el capitalismo y en el comercio especulador que podrían intentar eliminarlo.
Eduardo no es un comunista paranoico, él sabe que tiene enemigos burgueses que son reales y este atentado en su contra ocurrido en la madrugada del 3 de octubre de 2013 (donde uno de sus atacantes portaba una granada fragmentaria) es clara evidencia de ello. Sería imperdonable permitir que tan valioso camarada que trabaja por la Seguridad Alimentaria de Venezuela fuera víctima del sicariato por la omisión inexcusable de quienes están llamados a reforzar su sistema de protección. Aunque el fascismo juega con la muerte y la amenaza sigue latente, hay falsos revolucionarios influyentes a quienes no les importa que se repita un caso grotesco como el del malogrado Danilo Anderson.