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28 octubre, 2016

En Venezuela hay simulación de juicio político

Simulación de juicio político

Jesús Silva R.

Mala imitación de la destitución de Dilma en Brasil
La Asamblea Nacional (AN) celebra una simulación de “juicio político” contra el Presidente Nicolás Maduro a pesar de que este procedimiento no existe dentro de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por lo tanto el poder legislativo no podrá aplicar ninguna sanción contra Maduro; esta torpe maniobra pretende hacer creer al mundo que se producirán los mismos efectos del reciente “impeachment” en Brasil donde la Presidenta Dilma fue destituida por el congreso.

Ver nuestro video explicativo. En Venezuela no existe juicio político: https://youtu.be/DE1YXFP8egc

Desacato, autodisolución y omisión legislativa
Ignorante del Derecho Constitucional y afanada en llamar la atención mediante engaño, la AN se autodisolvió. Es así por su desacato a sentencia Cautelar del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que prohíbe incorporar como diputado a tres personas que no lo son (por juicio pendiente sobre fraude electoral en Amazonas). Ante la presencia de estos impostores, nace la nulidad absoluta de sus discusiones y decisiones. Al no haber en la práctica parlamento, es la Sala Constitucional del TSJ quien subsana este vacío llamado omisión legislativa del artículo constitucional 336 numeral 7.

   De la inconstitucionalidad del procedimiento parlamentario
 La AN invoca incorrectamente ciertos artículos constitucionales en su “procedimiento de declaratoria de responsabilidad política” contra el Presidente Maduro donde extrañamente le atribuye “grave ruptura del orden constitucional y democrático” entre otros conceptos; la AN ignora que el artículo 187 numeral 3 sólo contempla funciones de control sobre el gobierno levantando actas cuyo valor probatorio queda a criterio del poder judicial. Asimismo el artículo 222 constitucional establece que si se declara la responsabilidad política del Presidente, lo único que la AN puede hacer es solicitar al Poder Ciudadano para que intente acciones legales.

De la no exigibilidad de comparecencia al Presidente
En ningún caso la AN tiene potestad para obligar al Presidente de la República a que comparezca ante el poder legislativo, en verdad cualquiera facultado para ello puede hacerlo ya que el control parlamentario recae genéricamente sobre gobierno y administración pública, pero no sobre un funcionario específico.

De los límites del voto de censura
La única sanción que la Asamblea Nacional puede aplicar contra funcionarios públicos se llama voto de censura (amonestación simbólica) pero solamente incluye al vicepresidente y a los ministros; esto puede causar destitución si cuenta con el voto de tres quintas partes de los diputados, siempre y cuando no se viole el debido proceso del artículo 49 de la Constitución.

De la fraudulenta declaración de abandono del cargo
Como estudiosos del Derecho, vemos predecible que la AN, en su sistemática falsificación de la Carta Magna para cometer un golpe parlamentario, invoque el artículo 233 constitucional declarando que el Presidente ha abandonado el cargo, aprovechando que el poder legislativo tiene esta facultad declarativa. Con esto se buscaría activar la falta absoluta del Presidente y el llamado a elecciones presidenciales en 30 días. Sin embargo mal puede ser válida tal declaración de “abandono del cargo” porque se basa en un hecho falso y la Sala Constitucional del TSJ puede anular inmediatamente dicha declaración en aras de preservar la supremacía de la Constitución (art. 335) habida cuenta que es público y notorio que el Presidente Maduro se mantiene totalmente activo en el ejercicio de sus funciones de gobierno.

05 agosto, 2016

AN decretará que no hay Presidente y llamará a elecciones


Jesús Silva R.

Esto será sorpresa. Está listo el decreto del parlamento venezolano y será aprobado en las próximas horas, declarando que hay falta absoluta (cargo vacante) del Presidente de la República por ser ilegítimo como consecuencia de su supuesta doble nacionalidad venezolana y colombiana. El decreto implica un llamado a elecciones presidenciales en 30 días de conformidad con el artículo 233 de la Constitución Venezolana. 

El Presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup ha manifestado que desea postularse como candidato a la Presidencia de Venezuela. Como paso previo la mesa de la unidad democrática ha planteado la celebración de elecciones primarias para escoger al candidato unitario de la oposición. Planteado un pleito esta gravedad, muchos juristas consideran que el gobierno tendría fundamentos para suspender todo evento electoral en 2016. Ver video: http://jesusmanuelsilva.blogspot.com/2016/07/en-riesgo-elecciones-de-2016-advierte.html 

Mientras tanto, fuentes cercanas a la cúpula opositora informan que María Corina Machado y Henrique Capriles también se postularían a las mencionadas primarias presidenciales, aunque no se descarta la aparición de otros aspirantes, entre ellos algún representante del chavismo disidente confirmado por ex altos funcionarios del gobierno de Hugo Chávez que posteriormente fueron apartados de la administración de Nicolás Maduro. 

Los procedimientos aquí planteados podrían verse obstaculizados por un pronunciamiento sobrevenido de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia estableciendo nulidad del pretendido decreto parlamentario contra Maduro. De igual modo, el nuevo episodio de conflicto entre poderes legislativo, ejecutivo y judicial pudiera acelerar sanciones más severas contra la Asamblea Nacional como bloquear el presupuesto del parlamento, ejercer acciones civiles y penales contra diputados opositores, mientras que algunos juristas pro gobierno proponen disolver el poder legislativo aunque ello resulte complicado de acuerdo a la Constitución. 

Por ahora este escenario se interpreta como un escalamiento en el conflicto político institucional que vive Venezuela desde que la oposición obtuvo un triunfo electoral amplio en las elecciones legislativas de diciembre pasado. Expertos opinan que el decreto legislativo que declare que Maduro es colombiano y es nulo como Presidente puede radicalizar la confrontación entre oposición y chavismo en momento donde se espera por un veredicto del Consejo Nacional Electoral fijando fecha para el Referendo Revocatorio en su etapa decisiva, vale decir, la recolección del 20% de las firmas de los votantes registrados. 

En las filas del antichavismo se cree que debido a la grave crisis económica que golpea a los venezolanos con escasez de alimentos y medicinas, la oposición tiene grandes posibilidades de obtener una nueva expresión de mayoritario apoyo popular contra el gobierno, sea en el referendo revocatorio o inclusive en este proyectado decreto que busca desalojar a Maduro y forzar nuevas elecciones presidenciales inmediatamente. Reiteradamente, Maduro viene denunciando que existe un intento de golpe parlamentario en su contra. 

A continuación se puede leer el texto del proyectado decreto de la Asamblea Nacional que me fue facilitado por un "patriota cooperante" (whistleblower) que labora en el despacho del jefe parlamentario opositor: 

Ciudadanos
Dr. Henry Ramos Allup
Presidente de la Asamblea Nacional
y demás colegas diputados del Parlamento
Palacio Legislativo.-
Yo, Melva Matucha Paredes Fischer, venezolana, diputada a la Asamblea Nacional por el Estado Aragua, portadora de la Cédula de Identidad número 7.274.541, asistida jurídicamente por la Magistrada Emérita Blanca Rosa Mármol de León y el Ex Procurador General Jesús Petit Da Costa; asesorada en asuntos electorales y de identificación por los ex rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), los doctores Alfredo Weil Reyna y Ezequiel Zamora Presilla; y asesorada en asuntos de Seguridad y Defensa por el ex Ministro de la Defensa, G/D Rafael Montero Revette, y por el ex Jefe del Estado Mayor de la Armada, C/A Elías Buchszer Cabriles; me dirijo a ustedes para plantearles lo siguiente:

Primero: El pasado 12 de abril la Directiva de la Asamblea Nacional entregó un oficio al presidente Nicolás Maduro Moros, exigiéndole comprobar que es "venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad", requisito constitucional para ejercer el cargo de Presidente de la República. Han trascurrido tres meses desde que se hizo la solicitud sin que haya habido respuesta.

Segundo: Existen comprobados indicios de que Nicolás Maduro es ciudadano colombiano, entre ellos los siguientes: A) La madre de Maduro, Teresa de Jesús Moros de Maduro, es natural de Cúcuta, Colombia. B) Maduro mintió en el acta de defunción de su señora madre, declarando que había nacido en Rubio, Estado Táchira. C) La hermana mayor de Maduro, María Teresa de Jesús, nació en Bogotá; pero él mintió al decir públicamente que había nacido en Caracas. D) No se conoce partida de nacimiento del padre de Maduro, Nicolás Maduro García, pero se sabe que estudió bachillerato en Ocaña, Colombia. E) Los colaboradores más cercanos de Maduro señalaron públicamente que él había nacido en cuatro lugares distintos (Ver informe sobre la nacionalidad de Maduro).

Tercero: Es un hecho público, notorio y comunicacional, que la bancada de la Mesa de la Unidad Democrática considera que Nicolás Maduro es ciudadano colombiano. Prueba de ello es que el pasado 26 de mayo, todos los diputados corearon de pie, en el Hemiciclo de la Asamblea Nacional, "Maduro es colombiano".

Cuarto: La Presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), rectora Tibisay Lucena, reconoció públicamente el pasado 8 de abril haber incumplido con su deber de exigirle a Nicolás Maduro presentar su partida de nacimiento para inscribir su candidatura presidencial ante ese organismo.

Quinto: Respecto a la comprobación de ser "venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad", requisito constitucional para ejercer el cargo de Presidente de la República, la carga de la prueba recae sobre el ciudadano Nicolás Maduro Moros, y no sobre la Asamblea Nacional.
Sexto: La presencia de un Comandante en Jefe indocumentado, que no ha podido comprobar su nacionalidad venezolana, causa inquietud y malestar dentro de las Fuerzas Armadas Nacionales, lo cual podría ocasionar una crisis militar inconveniente para la Seguridad y a la Defensa de la nación.

SOLICITUD
En consideración a lo expuesto, solicito respetuosamente a mis colegas de la Asamblea Nacional someter a votación, dentro de las próximas cinco sesiones, el proyecto de Decreto Legislativo presentado ante este Organismo por el Dr. Enrique Aristeguieta Gramcko, el cual propone "En ejercicio de la autotutela administrativa, dejar sin efecto el acto de juramentación ante esta Asamblea Nacional, de fecha 19 de abril de 2013, mediante el cual el ciudadano Nicolás Maduro Moros asumió la Presidencia de la República; y, como consecuencia de lo anterior, declarar la FALTA ABSOLUTA del cargo por ilegitimidad".
Propongo que esta solicitud sea considerada con carácter de urgencia, en vista de la crisis humanitaria que afecta a Venezuela, la cual provoca cada vez más muerte y sufrimiento a nuestro pueblo; en vista de la explosión social que amenaza la estabilidad y la paz de nuestro país; y en vista de que, para comenzar a solucionar los problemas, es un requisito indispensable un cambio de gobierno.

23 mayo, 2016

Pepe Mujica tiene razón: Maduro está loco



Jesús Silva R.

La irreverencia verbal que caracteriza a los nacidos en el cono sur del continente americano hace que las palabras del respetable y talentoso ex presidente uruguayo José Pepe Mujica no me causen demasiado ruido. A veces que te digan loco es un halago.

Pepe tiene razón en cierta forma cuando dice que en Venezuela todos estamos locos. Desde luego se refiere a los políticos venezolanos, cito: "que se dicen de todo y así no van a arreglar nada" y "se pasaron de rosca".

Por ejemplo: yo soy marxista leninista en el siglo XXI. Desde luego estoy requete loco.

Es obvio, en mi patria el diálogo, la negociación y la conciliación no están de moda porque a la burguesía criolla le quitaron el gobierno y el petróleo hace varios años y por eso anda enfurecida. Quieren tumbar al Presidente chavista como sea y punto.

En Uruguay no hubo cambio radical que afectara los intereses capitalistas. Los que eran ricos antes de que Pepe fuera presidente siguen con sus privilegios hoy. No niego que Uruguay viva un Estado de bienestar donde el "capitalismo regulado" lanza gotas de asistencia a los más humildes pero el tema es que allí no se intentó desplazar a la burguesía para redistribuir riquezas y por ello no ha habido conflicto radical entre clase empresarial y gobierno popular. A falta de pleitos, se puede vivir en entorno de armonía y cordura.

Pero en Venezuela si ha ocurrido un desplazamiento radical de la burguesía, su prócer fue Chávez. Desde entonces andamos locos aquí y nos decimos de todo, aquí hay intereses existenciales en disputa, llámenlo dominio de la renta petrolera pues.

Reconozco los logros de la lucha política del Frente amplio, alianza centroizquierdista que ha hecho presidentes a Tabaré Vásquez y a Pepe. El pueblo uruguayo ha percibido beneficios, pero es una lucha superficial contra el capitalismo. Así es factible sufrir menos locura porque la lucha de clases es de baja intensidad.

Admiro los aportes teóricos de Pepe y su vida sencilla. En el fondo tal vez él coincida en la idea de que estar loco en América Latina es bueno, para rebelarse contra tradiciones perversas como la desigualdad social, el neoliberalismo, gobiernos oligarcas, la privatización de industrias básicas, la pobreza, la subordinación al Imperialismo yanqui, etc.

Venezuela hoy tiene menos comida per cápita que Uruguay, es cierto; pero esto ocurre no por culpa del sueño socialista sino por falta de eficiencia de nuestra burocracia revolucionaria y el sabotaje de una burguesía vengativa que ya no recibe subsidio petrolero del Estado. Empresarios hacen colapsar economía buscando efecto electoral.
La Revolución Bolivariana intentará ganar su Guerra Económica, sabiendo que si no lo hace, entonces será desplazada del poder por la habilidosa oferta electoral capitalista.

Pero todavía hoy, como revolucionario venezolano literalmente adelgazado por el mal tiempo económico de mi patria, digo abiertamente: prefiero un presidente que éste loco como una cabra por desafiar a la clase explotadora y buscar el socialismo antes que un líder social reformista dedicado a promover la convivencia con la plutocracia y firmar la paz con los explotadores.

Sobre Almagro, advierto, no es igual ser esclavo del Derecho Burgués que abogado de la soberanía e independencia de los pueblos. El Derecho como todas las ciencias se subordina a intereses de clase. Almagro es ficha gringa.

Finalmente reivindico a Pepe, aunque discrepo de varias de sus ideas y obras como legalizar la marihuana. Pepe a su manera también ha estado loco, eso si, en Uruguay los locos han sido menos intensos contra la oligarquía y por eso viven en un "manicomio" más tranquilo que mi Patria.

22 mayo, 2016

Única vía para referendo revocatorio en 2016 (addendum)



Jesús Silva R. 

Todas mis declaraciones recientes sobre el referendo revocatorio pretenden evitar un baño de sangre en mi amado país y ofrecen una solución constitucional al conflicto que genere calma a todos mis compatriotas. Mi propuesta es resolver la controversia estrictamente en el marco del debido proceso constitucional, artículo 49 del Texto Supremo. 

Que ocurra un referendo revocatorio en 2016 contra el Presidente depende, en primer lugar, del cumplimiento de los requisitos de la Constitución. Ratifico totalmente el artículo que fue trending topic en Venezuela. Referendo revocatorio de 2004 se realizó en 4 meses: http://jesusmanuelsilva.blogspot.com/2016/05/referendo-revocatorio-de-2004-se-hizo.html 

Pero también advierto que en este tema también es vital que se resuelva la situación de presuntas firmas falsas entregadas por los solicitantes del referendo y que el Consejo Nacional Electoral emita su decisión al respecto. Seguidamente, se debe cumplir con las resoluciones administrativas del CNE del año 2007 que fijan lapsos adicionales para el referendo. 

Es por este motivo que con la normativa vigente no es posible hacer un referendo tan rápido como aquel de 2004 contra Chávez (4 meses) donde yo fui testigo del chavismo. Para que en 2016 pueda hacerse un referendo tan rápido como en 2004 se deben eliminar tales resoluciones administrativas que hoy son parte del Derecho venezolano vigente y merecen obediencia; por eso la vía más adecuada para que revertir la situación es que los interesados en el referendo interpongan inmediatamente su demanda ante el TSJ solicitando nulidad contra esas resoluciones y que el ente judicial abra un juicio oral y público. Y que no me diga la MUD que no cree en el TSJ porque igual vilipendiaron al CNE y éste les reconoció su triunfo en las últimas elecciones parlamentarias. 

Entonces, ante la Sala Constitucional, las partes presentarán sus hipótesis jurídicas: los demandantes alegarán la inconstitucionalidad de las mencionadas resoluciones por supuestas dilaciones indebidas en perjuicio de su derechos, mientras que la contraparte planteará que las resoluciones se justifican en resguardo de la propia Constitución para impedir fraudes mediante una verificación más exhaustiva de las firmas que supone fases o lapsos adicionales, y desde ese enfoque reivindicar su constitucionalidad. Recordemos que existe una Constitución formal (CRBV) y una Constitución material (normas de relevancia constitucional regadas en muchos textos). 

El juicio debe ser televisado para toda Venezuela. Ofrezco mis servicios ad honorem como abogado revolucionario. La sentencia deberá ser respetada por toda Venezuela. La vía judicial es la ÚNICA solución constitucional, democrática, legítima y pacífica. Lo demás es aventura impredecible. Este es mi consejo de cómo debemos resolver el conflicto actual del referendo, sin violencia de ningún sector del país. 

Yo condeno radicalmente la violencia venga de donde venga. No quiero marchas que provoquen más muertos ni heridos como en 2014. Lo cortés no me quita lo valiente. Agradezco a La Patilla y a otros medios opositores por leer mi página personal jesusmanuelsilva.blogspot.com y difundir mi artículo "Referendo revocatorio de 2004 se hizo en 4 meses". Espero que por el bien del país reproduzcan y difundan este ADDENDUM con el mismo empeño comunicacional. Los disculpo por los encabezamientos exóticos que agregaron a la versión original de mi escritura. Ver nota de La Patilla: Referendo revocatorio de 2004 se hizo en 4 meses https://t.co/IU5C8rdMpx 

Pero si con este nuevo mensaje (addendum), los jefes opositores y sus abogados no descubren que deben intentar la vía judicial y siguen ilusamente con la maquinita calculadora contabilizando lapsos de resoluciones administrativas que son subconstitucionales y sublegales, lo lamento por ellos. Por ahora... Hasta aquí llega mi servicio a la paz de la Patria en este tema, no a favor de cúpulas partidistas; empiezo a creer que los dirigentes opositores no entienden el Derecho Constitucional o simplemente ejecutan una agenda oculta en perjuicio sus electores y tiran por la poceta esa poderosa mayoría de votos obtenida el 6 de diciembre 2015. 

A quienes me escriben desde la MUD pidiendo mis servicios como abogado les respondo: no se equivoquen, busquen otro abogado (habilidoso como prevaricador y que cobra en dos taquillas) pero conmigo no insistan, yo no voy a interponer dicha demanda, soy revolucionario marxista irreversible de toda la vida y no le voy a realizar el trabajo constitucional a la cúpula burguesa opositora quien es la que judicialmente tiene el interés para ejercer la sugerida demanda y la carga probatoria. En mi caso yo deseo que Maduro termine su mandato. He dicho.

21 marzo, 2016

Oposición no podrá aprobar Ley para Referendos

Jesús Silva R. 

La Ley para Referendos que pretende la oposición es inconstitucional y debe ser desechada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia incluso antes de ser aprobada por la Asamblea Nacional opositora. 

Es así porque la actual mayoría de 3/5 partes que tiene la oposición en el parlamento no tiene facultad para aprobar leyes orgánicas, ya que esto sólo puede hacerlo una mayoría calificada de 2/3 de los diputados, es decir, 112 legisladores (cifra que la MUD no ha alcanzado pues se pasmó en 109 al dictarse sentencia del TSJ contra el fraude electoral cometido en Amazonas). 

Con toda certeza una ley para regular un asunto constitucional como las consultas electorales al pueblo para tomar grandes decisiones o sea los "referenda" (así se dice originalmente en latín) corresponden a la familia de leyes orgánicas; entiéndase por tales las que la Constitución establece en su artículo 203: 

"Son leyes orgánicas las que así denomina esta Constitución; las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes. Todo proyecto de ley orgánica, salvo aquel que esta Constitución califique como tal, será previamente admitido por la Asamblea Nacional, por el voto de las dos terceras partes de los o las integrantes presentes antes de iniciarse la discusión del respectivo proyecto de ley. Esta votación calificada se aplicará también para la modificación de las leyes orgánicas". 

Entonces debemos advertir que es una necedad que esta impotente mayoría opositora en la Asamblea Nacional discuta una ley que no podrá aprobar al menos que milagrosamente logre convencer a tres diputados chavistas para completar los 112 votos requeridos.

Asimismo un intento leguleyo de aprobar como ley ordinaria con mayoría de 3/5 un asunto esencialmente orgánico daría como resultado un instrumento jurídico simbólico (que puede ser igualmente desechado por el TSJ) y sin fuerza para imponer condiciones o reglas de juego a un hipotético Referendum Revocatorio (artículo 72 constitucional) intentado por la derecha venezolana contra el Presidente Nicolás Maduro. 

Siendo las normas vigentes para el Referendum Revocatorio esas dictadas por el CNE que se aplicaron cuando el Presidente era Hugo Chávez, no cabe duda que es obligatorio que para convocar este acto se recoja el 20% de las firmas de los electores venezolanos (4 millones de firmantes) con planillas emitidas y verificadas por el CNE donde se estampen los nombres y apellidos, cédulas y huellas dactilares de los interesados en convocarlo para garantizar que sean personas de verdad y no fantasmas o firmas chimbas. A diferencia de una elección como tal, la convocatoria a un Referendum NO es secreta. 

P.D.: Más aclaratorias constitucionales en "La Propuesta" con Jesús Silva por TVES, miércoles 12 del mediodía y jueves 11 pm. Very video: https://t.co/WzThHNZoAq 

01 marzo, 2016

Sentencia de fecha 01-03-16 del TSJ aplaca a Asamblea Nacional peleona


 Jesús Silva R.


La sentencia de interpretación dictada por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en fecha 01-03-2016 alivia la "Guerra Constitucional" impulsada por la Asamblea Nacional opositora en contra de los otros cuatro poderes públicos de Venezuela, a saber: Ejecutivo, Judicial, Electoral y Ciudadano.

En efecto, la Sala Constitucional ha expresado que el parlamento no puede actuar fuera de la Carta Magna, la cual le asigna la tarea de producir leyes y ejercer control político relativo, por lo tanto son inconstitucionales y nulos los actos legislativos tendientes a intervenir, sancionar, revocar, remover a las autoridades de otros poderes.

En este sentido, las interpelaciones para control parlamentario de los funcionarios solo pueden aplicarse al Poder Ejecutivo y no a miembros de otros poderes. Al intentarse entrevistas que involucren al representantes del Gobierno Nacional o gabinete, las mismas deben ser coordinadas con el Vice Presidente.

Por último se aclara que la Asamblea no puede remover los magistrados a través de autotutela sino que en todos los casos se requiere una previa calificación de falta grave emanada del poder ciudadano para desarrollar otros pasos que conduzcan a la pretendida remoción. Se suspenden los artículos de textos legales que autorizaban sanción contra quienes no comparecen inmediatamente al poder legislativo.

En esencia esta sentencia es un freno contra el golpe parlamentario que se ha pretendido consumar en perjuicio del régimen democrático venezolano.

Aquí lo fundamental de la sentencia:

" 3.15.- Que el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, de forma similar a los artículos 3, 11, 12 y 26 de la Ley sobre el Régimen para la Comparecencia de Funcionarios y Funcionarias Públicos y los o las particulares ante la Asamblea Nacional, no circunscribe el control parlamentario allí señalado a los límites previsto en los artículos 187.3, 222 y 223 del Texto Fundamental, y a la jurisprudencia de esta Sala, es decir, no circunscribe tal control de forma exclusiva a los funcionarios y funcionarias del Poder Ejecutivo Nacional, circunstancia que obliga a esta Sala a desaplicar y suspender la vigencia del aludido artículo 113 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, en lo que respecta a funcionarios ajenos al Ejecutivo Nacional, mientras se tramita el procedimiento de nulidad por inconstitucionalidad de aquellas normas legales, que aquí se ordena iniciar en tutela oficiosa del orden público constitucional, en ejercicio de la competencia contenida en el artículo 336, cardinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el artículo 25, cardinal 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y de conformidad con lo previsto en el artículo 34 eiusdem,  en garantía de los postulados fundamentales previstos en los artículos 7, 137 y 334 de la Carta Magna."

Postdata: Reitero la invitación: todos los miércoles a las 12 del mediodía por el canal TVES, presentaré algo nuevo para la televisión venezolana, se llama: La Propuesta. Hablaré del Derecho Constitucional, el TSJ, la Asamblea Nacional y la política. Será un programa basado en debate interactivo, abierto y plural para todas las visiones, analizando la actualidad nacional. Invito a sintonizar, aportar y criticar porque eso es democracia. Escribir a la etiqueta: #LaPropuestaTVES



31 octubre, 2015

Le cortaron el cuello, QEPD estudiante chavista Eleazar Hernández



Jesús Silva R.

Dentro de la propia universidad, el estudiante Eleazar Hernández fue empujado por estudiantes fascistas contra una cartelera de vidrio,  el impacto le produjo un corte en el cuello que le ocasionó la muerte.

El único pecado de Eleazar, con 22 años de edad, fue ser chavista y ejerciendo sus derechos políticos previstos en la Constitución fue asesinado. El crimen se cometió en medio de las elecciones internas de la Universidad del Zulia (LUZ).

Autoridades como la fiscalía y los testigos presentes al momento del asesinato manejan los nombres de los presuntos autores de este homicidio cometido por motivos políticos y por ello los asesinos están en vías de ser capturados.

Como docente universitario con 17 años de experiencia en UC, USM, UCV, he visto el desarrollo criminal del adoctrinamiento y lavado de cerebros a jóvenes venezolanos, por eso digo que preocupa profundamente que las universidades tradicionales venezolanas sigan bajo el control del fascismo, dícese de la ideología que justifica matar y agredir a los adversarios políticos. Es tiempo de desarrollar una política de Estado para sancionar en primer lugar a los autores intelectuales que inyectan odio político a miles de estudiantes en esas casas de estudio y quienes son utilizados posteriormente para cometer violencia callejera, protestas con armas mortales y guarimbas.

Usando los mecanismos de la Constitución, es posible golpear y desbaratar las estructuras de delincuencia organizada que bajo la fachada de partidos políticos y ONG inoculan el nazismo, el fascismo, el racismo y la violencia política asesina en las mentes de jóvenes y estudiantes adoctrinados. 

No hacer nada, conllevará a más casos como el del jóven recién asesinado Eleazar, y repeticiones de linchamientos (homicidio frustrado) como se cometió contra el estudiante socialista de la UCV, William Muñoz, quien fue víctima de delincuentes mal llamados dirigentes estudiantiles de la Escuela de Estudios Políticos y Administrativos de la UCV (EEPA-UCV) cuyo director en 2014 era un renegado antichavista expulsado del MAS llamado Eladio Hernández (actual asesor electoral del candidato a diputado de la MUD en Táchira y ex presidente de la FCU-UCV, Juan Requesens) y el director actual es empleado del Partido Voluntad Popular, un tal "internacionalista" de nombre Carlos Luna, ambos promotores de guarimbas estudiantiles y persecución antichavista. 

El criminal linchamiento contra Muñoz en la UCV lo muestra el video siguiente: https://www.youtube.com/watch?v=VDhK-cNolGo

¿Cuántos muertos más, cuántos heridos más, cuánto fascismo asesino debe permitir la Revolución Bolivariana en las universidades tradicionales?