Jesús Silva R.
Se ha
posicionado en la opinión pública el tema del espionaje y las grabaciones
ilegales, aunque muchos las aplauden o las condenan dependiendo de la
parcialidad política de la persona cuya voz ha sido captada. Más allá de la
interminable manipulación mediática, la verdad es que la intercepción a las
comunicaciones privadas representa una violación al Derecho Internacional, tal
como se puede comprobar en el artículo 12 de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos.
Ahora bien,
toda regla tiene su excepción y es lógico que así sea, puesto que la aplicación
de una norma u otra siempre está subordinada a la protección del bien jurídico
de mayor rango. Es por eso que el principio de la privacidad puede ser
sobrepasado por un hallazgo o descubrimiento que involucre el interés
colectivo, como por ejemplo, la protección de la vida humana, la integridad
física o la seguridad ciudadana.
Mal puede el
agente o colaborador de un delito contra la sociedad invocar su derecho a la privacidad
cuando ha sido descubierto en la preparación de su abominable ataque. De allí
que aquellas personas, que han reconocido promover acciones para derrocar al
Gobierno Bolivariano elegido por el pueblo, merezcan ser procesadas severamente
por la ley.
En Venezuela
no hay suficiente evidencia de la identidad de quién graba, no así en EEUU cuyo
gobierno está descubierto en espionaje por técnicos como Edward Snowden, Julian
Assange y los que faltan.
Es notorio
que la CIA y sus afines no trabajan para descubrir o prevenir ningún delito
contra su país. Por el contrario utilizan el espionaje como herramienta
tecnológica de sus actividades de desestabilización contra la democracia en
otras naciones, conspiraciones, invasiones militares, bloqueos económicos y
golpes de Estado.
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publicación en Diario Ciudad Caracas:
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