24 julio, 2013

Derecho Internacional vs Espionaje Imperialista


Jesús Silva R.

Se ha posicionado en la opinión pública el tema del espionaje y las grabaciones ilegales, aunque muchos las aplauden o las condenan dependiendo de la parcialidad política de la persona cuya voz ha sido captada. Más allá de la interminable manipulación mediática, la verdad es que la intercepción a las comunicaciones privadas representa una violación al Derecho Internacional, tal como se puede comprobar en el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Ahora bien, toda regla tiene su excepción y es lógico que así sea, puesto que la aplicación de una norma u otra siempre está subordinada a la protección del bien jurídico de mayor rango. Es por eso que el principio de la privacidad puede ser sobrepasado por un hallazgo o descubrimiento que involucre el interés colectivo, como por ejemplo, la protección de la vida humana, la integridad física o la seguridad ciudadana.

Mal puede el agente o colaborador de un delito contra la sociedad invocar su derecho a la privacidad cuando ha sido descubierto en la preparación de su abominable ataque. De allí que aquellas personas, que han reconocido promover acciones para derrocar al Gobierno Bolivariano elegido por el pueblo, merezcan ser procesadas severamente por la ley.

En Venezuela no hay suficiente evidencia de la identidad de quién graba, no así en EEUU cuyo gobierno está descubierto en espionaje por técnicos como Edward Snowden, Julian Assange y los que faltan.

Es notorio que la CIA y sus afines no trabajan para descubrir o prevenir ningún delito contra su país. Por el contrario utilizan el espionaje como herramienta tecnológica de sus actividades de desestabilización contra la democracia en otras naciones, conspiraciones, invasiones militares, bloqueos económicos y golpes de Estado.

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